CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 25 INDUSTRIA HOTELERA. SUBGRUPO HOTELES HOTELES RESIDENCIALES MOTELES PARADORES Y PENSIONES. SUBGRUPO HOTEL DE PRIMERA CATEGORIA ESPECIAL. SUBGRUPO RESTAURANTES PARRILLADAS Y CANTINAS. SUBGRUPO ROTISERIAS. SUBGRUPO CASAS DE HUESPEDES. SUBGRUPO HOGARES DE ANCIANOS
Con respecto a los beneficios por prima por antigüedad; ropa de trabajo; alimentación y vivienda; y a la definición de categorías; reglamentación de los trabajadores "extras" y las tareas cumplidas en régimen de horas extras; y reparto de propinas en Casas de Huéspedes; y a las condiciones generales de trabajo, deberá remitirse a los decretos anteriores correspondientes a este Consejo de Salarios, 760/985 y 625/985 publicados en el Diario Oficial de fecha 24 de enero de 1986 y del 27 de noviembre de 1985 respectivamente, y concordantes.