ESTABLECIMIENTO DE REGIMEN ESPECIAL DE INDEMNIZACION PARA LOS TRABAJADORES DE ESTABLECIMIENTOS EFCSA, COMARGEN S.A., MELILLA Y FRAY BENTOS




Promulgación: 01/08/1979
Publicación: 07/08/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 340
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   La referida indemnización se abonará mensualmente y durante doce meses
a partir del 1º de junio de 1979.
   No obstante, de producirse durante ese período el cese de las
intervenciones o de ocurrir la privatización, dejará de generarse a partir
de ese momento la indemnización especial para el respectivo personal,
quedando sin efecto hacia el futuro la renuncia a que alude el inciso 4º
del artículo 1º de este decreto.
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