URUGUAYOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR. TASA CONSULAR. ARANCEL CONSULAR. PRORROGA DE VIGENCIA




Promulgación: 17/09/2008
Publicación: 23/09/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1003
VISTO: el vencimiento de la normativa consignada en el Decreto 238/07 de
fecha 2 de julio de 2007;

RESULTANDO: que es necesaria la atención a la colectividad compatriota en
el exterior para facilitar la recepción y envío de remesas familiares,
pago de servicios o realización de inversiones o transacciones en la
República;

CONSIDERANDO: indispensable la prórroga de la aplicación efectiva de los
operativos financieros mencionados;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Prorrógase a partir del 1º de junio de 2008, por el plazo de un año, la
vigencia del Decreto 238/07 de fecha 2 de julio de 2007.

TABARE VAZQUEZ - GONZALO FERNANDEZ - DANILO ASTORI
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