Capítulo V - Procedimiento de Acreditación de Prestadores de Servicios
de Certificación
Artículo 13
Requisitos de los prestadores de servicios de certificación. El
procedimiento de acreditación de los prestadores de servicios de
certificación se iniciará por medio de una solicitud ante la UCE, con los
siguientes requisitos:
A) Si se tratare de personas físicas:
a. nombres y apellidos,
b. documento de identidad,
c. domicilio postal constituido, pudiendo además constituir domicilio
electrónico en una casilla de correo electrónico,
d. estar legalmente registrado en el Registro Único Tributario y en el
Banco de Previsión Social,
e. acreditar buena conducta.
Si se tratare de personas jurídicas:
a. razón social y nombre de fantasía si lo tuviere,
b. acreditar la personería jurídica, su vigencia y la representación
invocada.
c. domicilio postal constituido, pudiendo además constituir domicilio
electrónico en una casilla de correo electrónico,
d. estar legalmente registrado en el Registro Único Tributario y en el
Banco de Previsión Social,
e. acreditar la buena conducta de los directores
B) Acreditar solvencia económica.
C) Acreditar la existencia de contratos correspondientes a servicios
que sean prestados por terceros, en caso de haberlos.
D) Modelos de contratos a ser suscritos con los usuarios y de política
de privacidad del solicitante.
E) Informe de auditoría técnica-legal elaborado por auditores
independientes, elegidos entre aquéllos que fueren autorizados por la
UCE, en donde conste que el solicitante está en capacidad de actuar
de acuerdo con los requerimientos establecidos en las leyes,
reglamentos y demás normativa técnica aplicable. El procedimiento de
auditoría deberá realizarse conforme el protocolo que será definido
por la UCE.
F) Describir detalladamente la plataforma tecnológica incluyendo un
detalle pormenorizado de hardware, software y dispositivos de
comunicación con los que cuenta, sus características y funcionalidad.
G) Informar los planes y procedimientos de seguridad que garanticen la
prestación de servicios de certificación.
H) Presentar la declaración de prácticas de certificación.
I) Cumplir con cualquier otro requisito que la UCE estime necesario.