Los funcionarios presupuestados o contratados, a quienes se asigne
transitoriamente las funciones que a continuación se detallan percibirán
mientras dure el desempeño de estas, una partida complementaria por la
diferencia que existe entre las remuneraciones de su cargo y los
respectivos grados de la escala.
Función GEPU
Asesor de Gerencia 50.0
Jefe de Coordinación 43.0
Publirrelacionista 41.0
Coordinador de Fisc. de Acc. de Trabajo 41.0
Asistente Social 36.0
Publirrelacionista Adjunto I 32.0
Publirrelacionista Adjunto II 28.0
Operador de Procesam. Gráfico 18.0
Médico Jefe de Departamento 48.1 *
Médico Jefe de Servicio 45.1 *
Médico Sub-Jefe de Departamento 43.1 *
Médico Sub-Jefe de Servicio 42.1 *
* - Con fecha 20.7.88 el Directorio resolvió que las ubicaciones
presupuestales para las funciones asignadas a los médicos de la C.S.M. que
cumplen horario completo, serán las siguientes:
Función GEPU
Médico Jefe de Departamento 52.0
Médico Jefe de Servicio 49.0
Médico Sub-Jefe de Departamento 48.0
Médico Sub-Jefe de Servicio 47.0