TRANSPORTE TERRESTRE - TARIFAS PUBLICAS




Promulgación: 20/09/1990
Publicación: 08/10/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

   Las tarifas de cada empresa a que se refieren los artículos 1°, 2°, 3°
y 4° del presente decreto, rigen a partir de la hora cero del primer día
calendario posterior a la fecha de su homologación por la Dirección
Nacional de Transporte. 
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