REGLAMENTACION DEL LITERAL O DEL ART. 4 DE LA LEY 15.757, Y DEL ART. 6 DE LA LEY 18.996, RELATIVAS A LA AMPLIACION DE LA COMPETENCIA DE LA OFICINA NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, REFERIDA AL SISTEMA DE RECLUTAMIENTO Y SELECCION DE PERSONAL. DEROGACION DEL DECRETO N° 223/013
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
Ley Nº 18.996 de 07/11/2012 artículo 6,
Ley Nº 15.757 de 15/07/1985 artículo 4 literal o).
CAPÍTULO V - DE LOS LLAMADOS A CONCURSO PARA INTEGRAR LOS REGISTROS DE LISTAS DE ASPIRANTES (LLAMADOS GENÉRICOS GESTIONADOS POR LA OFICINA NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL)
Artículo 52
En caso de existir solicitudes de varios Incisos en forma simultánea, se procederá a la realización de un sorteo u ordenamiento aleatorio, cuya fecha de realización se publicará en el portal de URUGUAY CONCURSA de la Oficina Nacional del Servicio Civil.
El mismo se realizará en el lugar y fecha a determinar, pudiendo los representantes de los Incisos y los aspirantes seleccionados interesados, estar presentes.