Compensación por contraparte.- Todo funcionario portuario que integre
contrapartes por Asistencia Técnica o proyectos especiales, tendrá una
remuneración especial de hasta un 60% del monto de su sueldo básico,
durante el período que desempeñe dicha función. El Directorio designará
los integrantes de las mismas y la cuantía de la remuneración especial.
Los importes abonados serán imputados al proyecto de inversión
correspondiente.