En los diferentes casos de exceso de carga que puedan presentarse, la
multa se determinará de la siguiente forma:
a) En el total de acuerdo a la tabla, según el exceso en toneladas y la
distancia recorrida en kilómetros;
b) En un eje en la misma forma que en la hipótesis anterior;
c) En más de un eje: sumando las Unidades Reajustables que correspondan
al exceso en cada eje;
d) En el total y en uno o más ejes: tomando el mayor de los valores en
Unidades Reajustables, determinados en la forma establecida en a) y
en b) o c).