APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANP. EJERCICIO 1990




Promulgación: 22/01/1991
Publicación: 24/04/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: Addenda
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1991
  •    Página: 37
Referencias a toda la norma

Artículo 12

   También quedan sin efecto las diferencias de sueldo que a la fecha de
aprobación del presente decreto no correspondan a tareas efectivamente
desempeñadas por los funcionarios que las perciben.
En ese caso, el monto de la diferencia quedará congelado hasta que el
precio de la función que presta el funcionario - sea presupuestado o
contratado - supere dicho importe. La congelación referida queda
condicionada a la aprobación por el Directorio de una nueva estructuración
de cargos y funciones (artículo 11 in fine del decreto 803/988). (*)

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