A partir de la fecha de aprobación del Presupuesto 1990 la "dedicación
especial" a que se refiere el artículo 6 del decreto 340/986 tendrá una
compensación equivalente al 40% del sueldo básico por 35 horas semanales
de labor. En las misma fecha, se derogarán todas las resoluciones que
asignan la referida "dedicación especial" a aquellos funcionarios que
desempeñen tareas correspondientes a grados inferiores al 27, pasando los
mismos al régimen de "mayor horario" por 42 horas semanales de labor. (*)