APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANP. EJERCICIO 1990




Promulgación: 22/01/1991
Publicación: 24/04/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: Addenda
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1991
  •    Página: 37
Referencias a toda la norma

Artículo 15

   Toda compensación que perciba un funcionario por el desempeño de
determinadas tareas, se perderá cuando se produzca el traslado del mismo,
salvo caso en que las tareas y el horario de labor en la oficina de
destino sean equivalentes a las de origen. (*)

Ayuda