Facúltase al organismo a ampliar el crédito presupuestal de los rubros
0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas legales sobre servicios
personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" para financiar la
incorporación de aquellos funcionarios destituidos y que sean
reintegrados a sus funciones al amparo de las leyes 15.737 y 15.783 de
fechas 8 de marzo y 27 de noviembre de 1985 respectivamente y demás
disposiciones legales y reglamentarias, dando conocimiento a la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas. (*)