APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANP. EJERCICIO 1990




Promulgación: 22/01/1991
Publicación: 24/04/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: Addenda
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1991
  •    Página: 37
Referencias a toda la norma

Artículo 4

    Se considerará horario extraordinario para la prestación de servicios
portuarios terrestres y a los contenedores del Puerto de Montevideo y los
Puertos de Interior, con derecho a remuneración para el personal que los
trabaje afectado a la operación, el habilitado a solicitud de los terceros
usuarios en los días domingo, feriados, jornadas extraordinarias y en
jornadas ordinarias cuando se tenga que habilitar personal por necesidades
del servicio. (*)

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