En el ejemplar que debe devolver al viticultor el bodeguero deberá hacer
contar:
A) El peso de la uva recibida, discriminando por variedad y
comprobado en el documento de recibo.-
B) Grado glucométrico de dicha uva.-
C) Fecha de recepción de la uva.-
Si el bodeguero se niega a devolver firmado el ejemplar del
certificado-guía en la forma prevista por este artículo, la uva
correspondiente al envío no le será computada como respaldo del vino
elaborado.-