FIJACION DE CONDICIONES PARA LA COMERCIALIZACION DE HACIENDAS OVINAS




Promulgación: 03/08/1977
Publicación: 10/08/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 185

Artículo 4

   El flete por transporte de haciendas ovinas hasta el frigorífico será
de cargo del remitente.
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