Decreto N° 450/977
FIJACION DE CONDICIONES PARA LA COMERCIALIZACION DE HACIENDAS OVINAS
Promulgación: 03/08/1977
Publicación: 10/08/1977
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 2
- Año: 1977
- Página: 185
Artículo 4
El flete por transporte de haciendas ovinas hasta el frigorífico será
de cargo del remitente.
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