La amortización de estos Bonos se realizará en cuotas anuales, según la
forma que reglamentará el Banco Central del Uruguay, rescatando a la par y
hasta completar un monto equivalente a 1/10 del total emitido, los
títulos que le sean presentados en el período comprendido entre el 22 de
diciembre de cada año y el 6 de enero del año siguiente.
Vencido cada período anual se cerrará la amortización correspondiente y
el remanente, si lo hubiere, se acumulará al rescate final.
El primer período de amortización comenzará a partir del 22 de diciembre
de 1996.
El rescate de los Bonos emitidos en documentos al portador y sus
respectivos cupones de intereses, serán pagados en dólares billetes de los
Estados Unidos de América. En los Bonos emitidos mediante acreditación
en Cuentas Especiales Bonos, los servicios de amortización e intereses
serán pagados mediante crédito en cuenta billetes o en cuenta
transferencia, según haya sido la modalidad elegida por el inversor, para
su integración, al momento de la emisión.