VISTO: El Proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y
de Inversiones del Instituto Nacional de Colonización correspondiente al
ejercicio 2003.
CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen.
ATENTO: A lo establecido en el artículo Nº 221 de la Constitución de la
República.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA
Artículo 1
Apruébase las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Instituto
Nacional de Colonización correspondientes al ejercicio 2003, de acuerdo
con el siguiente detalle:
$ $
I.- INGRESOS 97:553.887
1 - CORRIENTES 44:687.297
- Rentas de Activos Realizables. 39:889.491
- Rentas de Activos Financieros. 4:345.124
- Transferencias Sector Privado. 452.682
2 - DE CAPITAL 52:866.590
- Venta de Fracciones. 4:800.000
- Cuotas de Amortización. 700.599
- Venta Campos y Forest. Desaf. 39:504.000
- Cuota parte Amortización Deudas. 7:861.991
PRESUPUESTO OPERATIVO 73.987.821
RUBRO DENOMINACION
0 RETRIBUCIONES DE SERVICIOS PERSONALES. 36.401.703
011311.1 Directorio. 1.621.392
Gerente General. 394.788
Secretario de Directorio. 332.460
011311.2 Personal Presupuestado
Redistribuido. 595.608
011318 Aumento Mayo/92 Presupuestado. 21.456
021321 Retribuciones Básicas Pers.
Contratado. 12.026.037
021328 Aumento Mayo/92 Contratado. 300.384
021327 Diferencia de Sueldo. 1.438.272
036331 Retribuciones a Jornal y Destajo. 792.636
036338 Aumento Mayo/92 Jornaleros. 41.196
061303.1 Prima por Eficiencia
Presupuestados. 220.764
061303.2 Prima a la Eficiencia
Contratados. 2.072.112
061304.1 Funciones Distintas Cargos
Permanentes. 0
061304.2 Funciones Distintas Cargos
Contratados. 3.611.196
061318 Redistrib. de Func. Car.
Permanentes. 98.496
061321 Horas Extras. 180.000
061328 Redistrib. de Funcionarios
Contratados. 52.896
062311 Gastos de representación 547.776
062318 Prima por Antigüedad
Presupuestados. 121.478
062328 Prima por Antigüedad Contratados. 1.340.525
062338 Prima por Antigüedad Jornaleros. 46.087
063.1 Compensac. por Alimentación
Presupuest. 480.480
063.2 Compensac. por Alimentación
Contratados. 5.875.200
077 Quebranto de Caja. 125.118
019311 Sueldo Anual Complement.
Presupuestados. 387.652
029321 Sueldo Anual Complementario
Contratados. 2.350.754
039331 Sueldo Anual Complementario
Jornaleros. 73.204
098 Productividad. 1.253.736
1 CARGAS LEGALES SOBRE SERVICIOS
PERSONALES. 9.682.256
111 Aporte Patronal a la Seguridad
Social. 8.951.520
121 Otros Ap.Patronales Sobre
Retribuciones. 365.368
131 Impuesto sobre Retribuciones
Personales. 365.368
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1.362.891
3 SERVICIOS NO PERSONALES 6.435.158
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS 4.833.938
72 Transferencias a Productores
Privados. 32.509
734 Subsidios a Gobiernos
Departamentales. 88.656
739 Otras Transf. a Organismos Públicos. 14.100
740 Transf. a Instituciones s/fines de
lucro 24.232
751 Prima por matrimonio. 15.544
752 Hogar Constituido. 600.499
753 Prima por Nacimiento. 15.544
754 Prestaciones por Hijo. 203.771
773 Becas. 119.880
774 Contribuciones por Asistencia
Médica. 2.059.200
779 Otros. 1.323.122
7.9.1 Impuestos Nacionales. 320.833
7.9.2 Impuestos Municipales. 16.048
8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS. 15.037.932
9 ASIGNACIONES GLOBALES. 233.941
PRESUPUESTO DE INVERSIONES 19.821.000
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 1.056.000
3 SERVICIOS NO PERSONALES 3.216.000
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOBILIARIO. 2.443.200
5 TIERRAS, EDIFICIOS Y OTROS. 8.840.000
6 CONSTRUCCIONES, MEJORAS Y OTRAS. 4.137.600
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS. 0
9 ASIGNACIONES GLOBALES. 128.200
La apertura por proyectos, fuentes de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte de este Decreto.
Los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales, incluyen el aumento salarial otorgado con
vigencia al mes de enero de 2002; e incluyen asimismo la mano de obra de
la Inversión.
Las normas presupuestales, planillas y estados que se acompañan se
consideran parte integrante de este Decreto.
Los sueldos de los señores Miembros del Directorio se determinaron en
concordancia con lo comunicado por Nota de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto con vigencia al mes de enero de 2002.
Las remuneraciones establecidas para los cargos de los Señores Gerentes
General y Secretario de Directorio quedan reguladas en el 95% y el 80%
respectivamente de la retribución de los Señores Miembros del Directorio,
excepto la del Señor Presidente.
Los créditos para atender el pago de las retribuciones de los señores
Miembros del Directorio, Gerente General y Secretario de Directorio,
están computados en el Derivado 011.311.1; los correspondientes a los
funcionarios redistribuidos presupuestados se prevén en el Derivado
011.311.2 y todos los demás cargos se computan en los Derivados 021.321
de la partida de contratados.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 450/003 de
30/10/2003.