PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - BANCO DE DATOS




Promulgación: 02/10/1990
Publicación: 06/11/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 391
Referencias a toda la norma

Artículo 8

 Una vez que los trámites sean relevados se enviará la información
resultante al programa Nacional de Desburocratización. quien una vez
procesados los datos, entregará a las Secretarías de Estado los programas
de computación utilizados así como los archivos de datos correspondientes
a cada organismo de tal forma que puedan ser usados por las mismas en el
cumplimiento de sus objetivos.
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