AÑO DE LA ORIENTALIDAD
Visto: la gestión de la firma Arturo S. Barbieri, solicitando que en el
Arancel General de Importación se mantenga el aforo que regía para la
mercadería denominada "Jaboncillos para sastres" que se encontraba
comprendida en la Sección VI, posición 314, partida 2065, como "Tizas para
escribir y para dibujar" de la Tarifa de Aforos de Importación antes
vigente y que en el Arancel General mencionado se encuentra comprendida en
la Subposición 98.05.B.00.
Atento: a lo propuesto por la Junta de Aranceles de la Dirección Nacional
de Aduanas y a lo establecido por la ley 13.032 de 7 de diciembre de 1961,
artículo 170º y su decreto reglamentario 416/964 de 15 de octubre de 1964,
artículo 30º inciso a) y a lo informado por la Dirección Nacional de
Aduanas y las Asesorías Económico-Financiera y Jurídica del Ministerio de
Economía y Finanzas,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Suprímanse los Items 01 y 99 de la subposición 98.05.89 de los Aranceles
de Importación y Exportación de Aduanas la que quedará redactada de la
siguiente manera:
98.05.89.00 ... Los demás ... 1.000 KIE N$ 8.11 ... Der. 84%. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 886/975 de 20/11/1975 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 453/975 de 05/06/1975 artículo 1.