Toda investigación Clínica con psicofármacos deberá estar documentada
(con Programa Protocolo, Conclusiones) y registrada en el Servicio que se
realiza, enviando copia a la Comisión de Psicofármacos que la registrará
en la División Técnica del Ministerio de Salud Pública y podrá solicitar
oportunamente información sobre la marcha de dicha investigación.