Cuando una droguería autorizada quiera adquirir estupefacientes en los
que no haya comerciado el año anterior, deberá requerir que la Inspección
General de Química, Farmacia y Drogas informe sobre la cuota que le
corresponde. El Ministerio de Salud Pública, teniendo en cuenta la
existencia de esas drogas u otras circunstancias, podrá restringir los
pedidos.