REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 14.294, LEY DE ESTUPEFACIENTES




Promulgación: 20/07/1976
Publicación: 27/07/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 264
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.294 de 31/10/1974.
Referencias a toda la norma

Artículo 93

  Cuando los inspectores comprueben en una inspección, la presencia de
drogas en mal estado de conservación, procederán a lacrar los envases que
las contengan las que no podrán ser usadas hasta que sean analizadas por
el Laboratorio de Química del Ministerio de Salud Pública y éste
determine que esas drogas están en condiciones de ser usadas. Si dicho
laboratorio determina que esas drogas no reúnen las condiciones
necesarias para ser oficiales, se procederá a su destrucción.
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