Los permisos de caza y sacrificio de nutrias deberán gestionarse ante la
Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca, por
las personas que se mencionan en el artículo precedente.
En las solicitudes que se presenten deberán constar: nombre y apellido
del solicitante; número de su cédula de identidad; Sección Judicial y
Policial y nombre del paraje y del departamento en donde está ubicado el
predio; número de inscripción en DINACOSE, y número de padrón del predio.
Los explotadores de criaderos de nutrias en cautividad y semicautividad
deberán agregar, a los requisitos mencionados anteriormente, el número de
registro del criadero.
La solicitud, además, deberá ser acompañada de una certificación notarial
en la cual conste a qué título se posee el bien rural o criadero
indicándose, en todos los casos, su ubicación y su superficie.