TASA DE DEVOLUCION DE IMPUESTOS INDIRECTOS




Promulgación: 22/10/1984
Publicación: 26/11/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 888

Artículo 3

   El presente decreto será de aplicación a las solicitudes de embarque,
registradas ante el Banco de la República Oriental del Uruguay a partir de
su publicación en dos diarios de la capital.
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