Decreto N° 457/988
INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA. REGIMEN DE AFILIACIONES
Promulgación: 12/07/1988
Publicación: 08/08/1988
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 2
- Año: 1988
- Página: 83
CAPITULO I - DE LOS AFILIADOS
Artículo 5
Las I.A.M.C. podrán establecer límite de edad para el ingreso a la
Institución, a partir de 180 días de la publicación del presente decreto.
(*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 53.
Ayuda