INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA. REGIMEN DE AFILIACIONES




Promulgación: 12/07/1988
Publicación: 08/08/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 83

CAPITULO I - DE LOS AFILIADOS

Artículo 5

    Las I.A.M.C. podrán establecer límite de edad para el ingreso a la
Institución, a partir de 180 días de la publicación del presente decreto.
 (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 53.
Referencias al artículo
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