VIATICO POR ALIMENTACION.- El Banco de Previsión Social abonará a
aquellos funcionarios que realicen 40 horas efectivas semanales o más de
labor un Viático por Alimentación.
El monto mensual del mismo se establece en el 50% del monto establecido
por dicho concepto para los entes industriales y comerciales, ($ 603.oo
(pesos uruguayos seiscientos tres) a precios de enero - abril de 1996).
Este valor se ajustará en las mismas oportunidades que lo hagan las
partidas correspondientes a retribuciones personales. (*)