APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. EJERCICIO 1983




Promulgación: 14/12/1982
Publicación: 29/12/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 18

   Si como consecuencia de la estructuración orgánica y escalafonaria algún funcionario de la Dirección General de la Seguridad Social 
sufriera menoscabo en la remuneración al cargo que percibía en los Organismos suprimidos por el Acto Institucional N° 9, la Dirección 
General de la Seguridad Social le otorgará una compensación equivalente 
a la diferencia resultante hasta que por regularización o ascenso llegue 
a percibir dicha remuneración.
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