APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. EJERCICIO 1983




Promulgación: 14/12/1982
Publicación: 29/12/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 19

   La Dirección General de la Seguridad Social podrá autorizar trasposiciones entre los rubros del programa de Administración General dando cuenta al Poder Ejecutivo, al Tribunal de Cuentas de la República 
y a la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión. Dichas trasposiciones deberán ajustarse, en lo que les sea aplicable, a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la ley 14.867, con las modificaciones del artículo 105 de la ley 15.167.
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