APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. EJERCICIO 1983




Promulgación: 14/12/1982
Publicación: 29/12/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   La Dirección General de la Seguridad Social dispondrá la distribución programática de las partidas autorizadas por el presente decreto y las comunicará a la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y al Tribunal de Cuentas de la República en un plazo de 30 días a partir de 
la fecha de publicación de este decreto.
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