REDISTRIBUCION DE FUNCIONARIOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE ABASTECIMIENTO. OPCION DE INGRESO A LA FUNCION PUBLICA




Promulgación: 27/11/2001
Publicación: 04/12/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 1424

Artículo 9

  La adecuación presupuestal correspondiente y la resolución de incorporación de los funcionarios del ex-Instituto Nacional de 
Abastecimiento, serán proyectadas por la Oficina Nacional del Servicio 
Civil, la Contaduría General de la Nación y la Oficina de Planeamiento y 
Presupuesto, en su caso, y puestas a consideración de las autoridades 
competentes. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 433/002 de 06/11/2002 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 459/001 de 27/11/2001 artículo 9.
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