La adecuación presupuestal correspondiente y la resolución de incorporación de los funcionarios del ex-Instituto Nacional de
Abastecimiento, serán proyectadas por la Oficina Nacional del Servicio
Civil, la Contaduría General de la Nación y la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, en su caso, y puestas a consideración de las autoridades
competentes. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 433/002 de 06/11/2002 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 459/001 de 27/11/2001 artículo 9.