Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: los acuerdos logrados por los Consejos de Salarios instituidos por decreto 178/985, de 10 de mayo de 1985.
Resultando: I) Que en mérito a la urgencia de determinar aumentos salariales para la actividad privada, por razones de oportunidad se procedió a la designación directa de los delegados sectoriales.
II) Que no obstante lo señalado en el resultando anterior, se ha cumplido sustancialmente con el espíritu de la negociación colectiva al haber participado en los acuerdos los sectores directamente interesados.
III) Que en el Consejo de Salarios correspondiente al Grupo Nº 17, Industria del Cuero y Afines, Subgrupo Nº 3 "Curtiembres de Cueros, Pelíferos y Afines", se logró por unanimidad el acuerdo salarial consignado en Acta de fecha 12 de junio de 1987.
Considerando: I) Que al haberse obviado el cumplimiento de ciertos requisitos formales para la integración de los Consejos de Salarios, la aplicación de la ley 10.449, de 12 de noviembre de 1943 podría dar lugar
a cuestionamientos de orden legal;
II) Que a efectos de asegurar el cumplimiento integral de las condiciones de trabajo acordadas en las negociaciones es conveniente utilizar los mecanismos legales establecidos en el decreto ley 14.791, de 8 de junio de 1978,
Atento: a los fundamentos expuestos y a lo preceptuado en el decreto ley 14.791 y decreto reglamentario 371/978, de 30 de junio de 1978,
El Presidente de la República,
DECRETA:
Increméntanse con carácter nacional en un 17,40% los salarios vigentes al 31 de mayo de 1987 para los trabajadores comprendidos en el Grupo Nº
17 subgrupo Nº 3, "Curtiembre de Cueros, Pelíferos y Afines", con
excepción del personal de Dirección (Supervisores con mando inclusive y Superiores, Jefes Administrativos y Superiores), con vigencia desde el 1º de junio de 1987 y hasta el 30 de setiembre de 1987. (*)
Fíjanse con carácter nacional las siguientes retribuciones mínimas por categorías para los trabajadores comprendidos por el artículo precedente, con vigencia desde el 1º de junio de 1987 y hasta el 30 de setiembre de 1987.
A) Trabajos varios para Curtiembres de Cueros Vacunos Lanares y
Pelíferos.
Peón Medio
Peón Práctico Oficial Oficial
p/hora p/hora p/hora p/hora
N$ N$ N$ N$
Mecánico:
Industrial tornero y de banco
Soldador, Foguista pañolero
Lubricador, herrero y cañista
Electricista 157,61 173,39 204,59 241,40
Conductores internos y
guincheros 157,61 173,39 217,46
Peón Medio
Peón Práctico Oficial Oficial
p/hora p/hora p/hora p/hora
N$ N$ N$ N$
Externos 157,61 173,39 199,39 229,28
Carpinteros general y de
banco y albañiles y pintores
en general hasta final de obra 157,61 173,39 194,18 223,28
Serenos 157,61 173,39 194,18 217,46
Porteros 157,61 165,47 173,78 182,45
B) Curtiembres de Cueros Grandes:
Almacén de cueros:
empaque, marcado y otras tareas
Almacen con atención al público
o expedición de plaza 157,61 165,47 185,35 203,90
Oficial Volante 157,61 165,47 178,73 193,02
(Todo personal que realiza
distintas tareas no teniendo
ninguna de ellas carácter
permanente)
Recibidor y clasificador cueros
crudos 157,61 173,39 204,59 245,51
Químicos:
Oficial: recibe,estiba, pesa,
entrega mercaderías, hace
mezcla, reducción cromo 157,61 167,07 187,11 205,83
Salado:
Oficial: recibe, recorta,
clasifica por peso y sala 157,61 173,39 194,18 223,28
Pelado:
Oficial: controla pelambre
temperatura del agua, agrega
productos de acuerdo a fórmulas
y enjuaga 157,61 170,23 200,86 230,97
Ribera:
Oficial: remoja carga y descarga
de fulones o piletas, levanta
tripa, recorta, tareas varias
de traslado, pesa en ribera 157,61 167,07 187,11 215,18
Curtido y tintado 157,61 170,23 200,86 237,00
Clasificador cueros depilados 157,61 173,39 204,59 245,51
Piletas decantación 157,61 167,07 187,13 215,18
Trinchado y máquina dividir
en tripa: embocador 157,61 170,23 195,78 225,14
Ofic.2º(tiran) 157,61 170,23 187,25 206,00
Máquina dividir en wet blue:
embocadores y recortadores
en mesa de descarnes 157,61 170,23 204,28 234,92
Máquina dividir en wet blue:
Oficial 2º (tiran, cortan cueros
al medio) 157,61 170,23 187,25 206,00
Máquina escurrir WB
continuas o simples 157,61 165,48 182,01 200,23
Máquina rebajar 157,61 170,23 204,28 234,92
Pesador de cueros para fulones
de curtido y tintado y control
partidas 157,61 167,07 187,11 215,18
Clasificador WB 157,61 173,39 204,59 245,51
Trabajos en descarne:
Clasificador de piquelado o
WB, recortado y calibrado
Pesador embalador, máq.
fungicida y otras tareas en 157,61 170,23 204,28 234,92
descarnes 157,61 170,23 187,25 206,00
Peón Medio
Peón Práctico Oficial Oficial
p/hora p/hora p/hora p/hora
N$ N$ N$ N$
Máq. escurrir recurtido y máq.
estirar 157,61 165,48 185,35 203,87
Recortad. SMT 157,61 170,23 187,11 215,19
Túnel SMT cuelga, controla
aire, calor humedad, controla
el túnel o descuelga 157,61 170,23 185,35 202,46
sólo cuelga o descuelga 157,61 170,23 178,73 185,35
Si rotan, igual salario al
anterior
Pasting. Pega, controla, calor,
humedad, etc. 157,61 167,07 187,11 209,58
despegar pasting 157,61 165,48 178,73 193,02
Vaccum y Toggling 157,61 167.07 187,11 209,58
Máq.humectar 157,61 165,48 185,35 193,02
Mollisas (máq. ablandar):
embocador, controla banda 157,61 170,23 185,35 202,40
Calibra máquina repara banda
sacador de mollisa 157,61 170,23 178,73 185,35
Si rotan igual salario al
anterior
Pallisón de brazo 157,61 167,07 190,86 219,53
Sacado celulosa pasting
Embocador, prende y controla,
sacador, si rotan igual
salario 157.61 165,48 185,35 203,90
Sacado celulosa a mano 157,61 165,48 178,73 193,02
Calibrador (cuando realiza
específicamente esta tarea 157,61 167,07 187,11 215,18
Clasificador SMT, clasifica,
calibra y recorta 157,61 173,39 204,59 245,51
Máq. deflorar 157,61 170,23 187,11 215,18
Felpa a mano
Máq. pintar a cortina, máq.
pintar cabina soplete, prensa
continua, prensas grabado y
máq. de brillo 157,61 170,23 187,11 215,18
Colorista terminación 157,61 181,27 217,52 247,46
Ayudante colorista 157,61 170,23 195,78 215,18
Sopletero a mano 157,61 170,23 199,69 219,49
Máq. pintar tipo Imprimat y
recortadores y calibradores
de cuero terminado 157,61 170,23 187,11 215,18
Clasificador de cueros para
expedición (clasifica, recorta
y calibra) 157,61 173,39 204,59 253,73
Máquina de medir emboca y
saca 157,61 165,48 185,35 203,90
Emboca, saca y controla
máquina 157,61 170,23 187,11 215,18
Máq. de poner al viento y
máquina de cilindrar 157,61 173,39 190,72 213,59
Máq. de dividir en seco 157,61 170,23 195,75 225,10
C) Curtiembres de cueros chicos:
Produc. quimicos 157,61 167,07 187,11 215,18
Tintador 157,61 170,22 195,75 225,10
Batanero y trinchador 157,61 170,22 194,02 225,10
Escurridora, estiradora 157,61 165,48 178,73 201,67
Centrífuga 157,61 165,48 178,73 197,66
Pileta decantación 157,61 165,48 178,73 199,74
Oficial volante 157,61 165,48 178,73 193,04
Peón ribera 157,61 165,48
Esquilador máq. con mesa
transportadora 157,61 167,07 187,11 215,18
Trabajos en terminación
Mojador 157,61 165,48 187,11 190,68
Recortador 157,61 165,48 178,73 195,41
Cardador 157,61 165,48 178,73 193,04
Planchador, razadora,
palizonado y lijador maquinis. 157,61 167,07 187,11 215,18
Lijador a mano en bocha 157,61 165,48 194,02 225,10
Desflorador 157,61 167,07 187,11 215,18
Peón Medio
Peón Práctico Oficial Oficial
P/hora p/hora p/hora p/hora
Clasif. cueros terminados y
clasif. curt. cromo 157,61 167,07 199,36 231,28
Clasif.cueros crudos,frescos
o secos 157,61 173,33 205,52 242,35
Clasif. curt. formol 157,61 167,07 187,11 209,55
Desengrasadora 157,61 167,07 185,43 205,83
Toggling clavado 157,61 167,07 187,11 209,55
Túnel secado 157,61 165,48 173,78 182,49
Sopletero máq.pintar 157,61 167,07 187,11 215,18
Plancha, carro continua prensa 157,61 167,01 183,77 202,17
Ayudante maq. sopletear y
ayudante máq. planchar 157,61 167,01 183,77 198,61
Máq. medir 157,61 170,22 183,82 198,61
Zarandas, c/arena o aserrín
y/o sólo cueros 157,61 165,48 178,73 193,04
Depósitos de cueros fescos o secos:
Desgrasado 157,61 167,07 187,11 210,25
Salador 157,61 167,07 183,59 205,83
Recortado a cuchillo 157,61 165,48 178,73 196,61
Esquilado con tijeras de brazo 157,61 167,07 187,11 215,18
Depósito expedición
Empaque p. exportación 157,61 165,48 178,73 196,61
D) Vacunos, Lanares y Pelíferos:
Supervisor sin mando
Personal afectado al control
de más de una máquina o
producción de las mismas sin
mando sobre el personal
Limpiador: 157,61 162,48 167,22 178,73
Menores
-No podrán ser menores de
16 años
-Jornada diaria no mayor de
6 horas
-Retribución por hora 157,61
Administrativos
N$ Mensuales
Cadetes 31.522,42
Auxiliar 2do. 37.826,90
(se asimila a telefonista)
Auxiliar 1ro. 47.290,74
(se asimila a auxiliar computación)
Cajero 59.297,24
Vendedor de plaza 58.576,18
más viático convencional
Vendedor de interior 67.352,18
más viático convencional
Los precios de los bienes y/o servicios de la actividad privada no podrán ser incrementados en más del 14,5% de la incidencia de los
salarios en la estructura de costos de cada empresa, por concepto del incremento de los ingresos del personal otorgado por el presente decreto.
Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente decreto y el 30 de setiembre de 1987, ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de venta de mercaderías, bienes o servicios de las empresas que integran el grupo salarial.
Queda expresamente establecido que el sexo no es causa de ninguna diferencia en las remuneraciones, por lo que las categorías se refieren indistintamente para hombres o mujeres.