TRANSPORTE TERRESTRE - TARIFAS PUBLICAS




Promulgación: 08/10/1990
Publicación: 06/11/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

Facúltase a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas para determinar los valores máximos de tarifas
en servicios suburbanos sobre la base del precio operativo del kilómetro
recorrido en ómnibus el que se fija en N$ 1.052,11 (nuevos pesos mil
cincuenta y dos con once centésimos) y de los diferentes coeficientes de
ocupación que la citada Dirección asignará a cada tramo.
 (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
Referencias al artículo
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