Facúltase al organismo a ampliar el crédito presupuestal de los rubros
0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre
Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras transferencias" para
financiar la incorporación de aquellos funcionarios destituidos que sean
reintegrados a sus funciones al amparo de las leyes 15.737 y 15.783 de
fechas 8 de marzo y 28 de noviembre de 1985 respectivamente y demás
disposiciones legales y reglamentarias, dando conocimiento a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.