REQUISITOS DE CONTRATACIONES Y LICITACIONES CON EL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA




Promulgación: 26/12/1995
Publicación: 04/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 766

Artículo 2

     Todos los funcionarios públicos que desempeñen funciones en el
Ministerio de Salud Pública o que actúen en representación de dicho
Ministerio en instituciones vinculadas al área de la salud y que tengan
vinculación con empresas privadas que contraten o puedan contratar con el
citado Ministerio, deberán formular declaración jurada ante la División
Registro y Habilitaciones de la Dirección Coordinación y Control del
Ministerio de Salud Pública indicando actividad, firma, empresa o entidad
a la cual están vinculados y a qué título.
     A tales efectos la División Registro y Habilitaciones llevará dos
registros patronímicos: uno por funcionario y otro por empresa, firma o
institución privada a la cual esté vinculado el funcionario.
Ayuda