REQUISITOS DE CONTRATACIONES Y LICITACIONES CON EL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA




Promulgación: 26/12/1995
Publicación: 04/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 766

Artículo 3

   Tratándose de funcionarios dependientes de empresas, firmas o entidades
privadas y que a su vez no tengan intervención en la dependencia del
Ministerio de Salud Pública que actúa en el proceso de la adquisición,
deberá dejarse constancia de dicha circunstancia dentro de las cuarenta y
ocho (48) horas de presentada la oferta ante la División Registro y
Habilitaciones, la que, en todos los casos remitirá los antecedentes a la
Asesoría Jurídica del referido Ministerio, la que deberá expedirse en un
plazo de cuarenta y ocho (48) horas acerca de la admisibilidad de las
ofertas presentadas lo que será puesto en conocimiento del ordenador del
gasto el que en definitiva resolverá.
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