Las trasposiciones entre rubros de un mismo programa así como las trasposiciones entre rubros de distintos programas serán aprobadas por el Directorio del Banco y comunicadas a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.
Las trasposiciones interprogramáticas regirán hasta el 31 de
diciembre y tendrán las siguientes limitaciones:
a) Sólo podrán servir como reforzantes, partidas que tengan
asignación de carácter anual y no sean estimativas.
b) Los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas
Legales sobre Servicios Personales" y el subrubro 7.5 "Transferencias a
Unidades Familiares" del rubro 7 "Subsidios y otras Transferencias", no
podrán reforzarse con otros rubros ni servir como rubros reforzantes.
c) Los renglones del rubro 0 podrán reforzarse entre sí ajustándose
a las condiciones siguientes:
1. Que sólo se trasponga hasta el monto del crédito disponible y no
comprometido.
2. Los renglones de los subrubros 01, 02 y 03 no podrán reforzarse
entre sí ni ser reforzados por renglones de otros rubros, ni servir como
reforzantes.
d) Los rubros 7 "Subsidios y otras Transferencias" y 8 "Desembolsos
Financieros" no podrán servir como reforzantes.
e) El rubro 9 "Asignaciones Globales" no podrá ser reforzado.
Las trasposiciones entre distintos programas tendrán vigencia hasta
el 31 de diciembre del ejercicio en el cual se autorizan y tendrán las
siguientes limitaciones:
a) Sólo podrán servir como reforzantes partidas que tengan
asignación de carácter anual y no sean estimativas.
b) Las trasposiciones dentro del rubro 0 "Retribución de Servicios
Personales" sólo podrán efectuarse entre renglones de igual denominación,
condicionadas a:
1. Que sólo se trasponga hasta el monto del crédito disponible y no
comprometido.
2. No podrán trasponerse renglones de los subrubros 01, 02 y 03.
c) No se podrán hacer transferencias de rubros entre programas de
distinta naturaleza.