Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el Proyecto de Racionalización Presupuestal de la Unidad
Ejecutora 006 "Dirección Nacional de Zonas Francas", del Programa 006
"Administración de Zonas Francas" del Inciso 05 -Ministerio de Economía y
Finanzas- elevado a consideración del Poder Ejecutivo.
Resultando: I) Que el artículo 11 de la Ley Nº 16.226 de 29 de
octubre de 1991, autorizó la Racionalización de la estructura de cargos y
funciones contratadas de las Unidades Ejecutoras de la Administración
Central, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 39 de la Ley Nº
16.170 de 28 de diciembre de 1990.
II) Que a esos efectos, el artículo 39 de la Ley Nº 16.170 antes
citada faculta a utilizar el cincuenta por ciento del crédito
correspondiente a vacantes generadas a partir del 1º de enero de 1991.
Considerando: I) que la Oficina Nacional del Servicio Civil y la
Contaduría General de la Nación aconsejan su aprobación por el Poder
Ejecutivo.
II) que el costo de la Racionalización está dentro del máximo
autorizado.
III) que se cumplen en la medida de lo posible los objetivos y
lineamientos establecidos en el Instructivo para racionalizar estructuras
escalafonarias oportunamente emitido.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley Nº 16.226 de 29
de octubre de 1991,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase la Racionalización Presupuestal de la Unidad Ejecutora 006
"Dirección Nacional de Zonas Francas", del Programa 006 "Administración
de Zonas Francas" del Inciso 05 - Ministerio de Economía y Finanzas.