Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Exceptúanse estas retribuciones del tope establecido por el Art. 21
del decreto-ley Nº 14.550, de 10 de agosto de 1976 y el Art. 105 del
decreto-ley Nº 7, de 23 de diciembre de 1983.