Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
En ningún caso el número de funcionarios podrá excedere del que a
continuación se establece:
COORDINACION GENERAL
1 (un) Ingeniero Agrónomo, especialista en suelos y aguas.
COMPONENTE - DESARROLLO DEL RIEGO
1 (un) Coordinador - Ingeniero Agrónomo, especialista en manejo
aguas y riego.
2 (dos) Ingenieros Agrónomos, especialistas en riego extensivo y
manejo de suelos.
1 (un) Ingeniero Agrónomo, especialista en riego y fuentes de agua.
COMPONENTE - MANEJO DE RECURSOS NATURALES
1 (un) Coordinador, Ingeniero Agrónomo especialista en manejo y
conservación de suelos.
- Sub-componente - Sistemas de Información Geográfica.
1 (un) Coordinador, especialista en Sistemas de Información
Geográfica.
3 (tres) Ingenieros Agrónomos, especialistas en cartografía de suelos
digitalizada.
- Sub-componente - Predios Demostrativos.
2 (dos) Ingenieros Agrónomos, especialistas en conservación de
suelos.
- Sub-componente - Desarrollo de Microcuencas.
- 2 (dos) Ingenieros Agrónomos, especialistas en desarrollo de
microcuencas.
- 4 (cuatro) Ingenieros Agrónomos, especialistas en lechería.
- 3 (tres) Ingenieros Agrónomos, especialistas en producción granjera.
- 1 (un) Ingeniero Agrónomo, especialista en viticultura.
- Servicios de apoyo
- 1 (un) Ingeniero Agrónomo, especialista en sistemas cartográficos de
suelos y productividad predial.
- 3 (tres) Ingenieros Agrónomos, con formación en estudios de impacto
ambiental.
- 3 (tres) Ingenieros Agrónomos, especialistas en análisis de suelos y
aguas.
- 2 (dos) Administrativos con experiencia en contabilidad.
- 1 (un) Técnico en documentación de imágenes.
- 1 (un) Asesor jurídico.