REGLAMENTACION SOBRE GASTOS DE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA PARA RADIOEMISORAS AM FM Y PRENSA ESCRITA DEL INTERIOR DEL PAIS




Promulgación: 11/12/1997
Publicación: 19/12/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 1758

Artículo 4

   Exceptúase de la limitación consagrada en el literal M) del artículo
15º de Título 4 del Texto Ordenado 1996, a los gastos de publicidad y
propaganda correspondientes a servicios prestados directamente por RAMI,
ANDEBU y OPI.-
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