Visto: la gestión del Comando General del Ejército solicitando la
modificación del artículo 419 del Reglamento General para la Escuela
Militar (R-95) aprobado por decreto 24.087 del 13 de febrero de 1958 y
modificado por decreto 511/977, del 13 de setiembre de 1977.
Considerando: I) Q) Que el decreto 495/983, de 27 de diciembre de 1983
incluyó un segundo año de Aspirantes, circunstancia que incrementa la
duración de los Cursos de Formación de Oficiales;
II) Que la redacción y contenido del artículo 419 aprobado por decreto
511/977, dificulta o limita las facultades o amplitud de criterios que
para el caso se debería poseer;
III) Que las modificaciones propuestas se adaptan a los requerimientos
actuales.
Atento: al informe favorable de la Contraloría e Informática Jurídicas
del Ministerio de Defensa Nacional,
El Presidente de la República
DECRETA:
Modifícase el artículo 419 del Reglamento General de la Escuela
Militar (R-95) aprobado por decreto 24.087, del 13 de febrero de 1958 y
modificado por decreto 511/977, de 13 de setiembre de 1977, el cual
quedará redactado de la siguiente manera: (*)