VISTO: el Decreto 41/003 de 29 de enero de 2003;
RESULTANDO: que por el mismo se suspendió por el ejercicio 2003 las
misiones oficiales o comisiones de servicio al exterior con fines de
capacitación, tanto en lo individual como grupal, que ocasionen gastos a
cargo del Estado;
CONSIDERANDO: que se estima imprescindible mantener dichas restricciones,
en tanto subsisten las razones por las cuales fueron dispuestas;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Suspéndese por el ejercicio 2004, las misiones oficiales o comisiones de
servicio al exterior con fines de capacitación, tanto individual como
grupal, que ocasionen gastos a cargo del Estado. (*)
El Poder Ejecutivo en acuerdo con el Ministerio de Relaciones
Exteriores, el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio
respectivo, podrá exceptuar de lo dispuesto en el artículo precedente, a
aquellos cursos que por su importancia y aporte en la capacitación,
justifiquen, en un marco de restricción de gastos, los costos inherentes
a su asistencia.