Modifícase la Nomenclatura Arancelaria y Derechos de Importación
(NADI), sustituyendo los ítems incluídos en la subposición 31.02.02 y
posición 73.25 y sus correspondientes tasas globales arancelarias por las
siguientes:
NADI Mercadería T.G.A.
31.02.02.00 Los demás abonos minerales o químicos
nitrogenados 10%
01 Nitrato amónico 10%
02 Sulfanitrato amónico 10%
03 Sulfato amónico 10%
04 Nitrato de calcio 10%
05 Cianamida cálcica 10%
06 Urea 10%
07 Nitrato de sodio sintético 10%
99 Los demás 10%
73.25 Cables, cordajes, trenzas, eslingas y
similares, de alambre de hierro o acero,
con exclusión de los artículos aislados
para usos eléctricos
01.00 Cable de alambres de acero revestidos con
bronce y/o latón 10%
89.00 Los demás 20%