Visto: El proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras
y de Inversiones de la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones
Eléctricas correspondiente al ejercicio 1992.
Considerando: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido
su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen.
Atento: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de
la República.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones de la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones
Eléctricas a regir a partir del 1º de enero de 1992, de acuerdo con los
montos que se detallan a continuación:
I- RECURSOS 708,017,157,793
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A. Recursos Propios 648,455,907,793
-Venta de Energía 475,724,305,381
-Cargo Fijo 45,543,552,040
-Tasas 17,149,506,630
-Impuesto Venta de Energía 52,126,785,742
-Venta de Energía a la Argentina 22,750,000,000
-Otros 35,161,758,000
------------------
B. Recursos Ajenos 58,532,250,000
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C.Reintegro Ley 16.127 (R.R.G.G.) 1,029,000,000
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II- PRESUPUESTO OPERATIVO 326,884,220,764
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Rubro Denominación N$ N$
0 RETRIBUCIONES SERV. PERSONALES 78,950,492,103
011311 Sueldos Básicos cargos perm. 9,384,961,836
011312 Aumento p/mayor horario 540,339,240
011314 Desvio sueldos equiparación 134,746,632
011316 Suplemento de sueldos 315,828,504
011317 Prima por antigüedad 1,663,563,000
019311 Sueldo Anual Complementario 6,001,479,063
019750 Prestaciones por Alimentación 14,146,984,032
021321 Sueldos básicos pers.contrat. 26,437,344,792
021322 Aumento p/mayor horario 1,779,224,580
021324 Desvio sueldos equiparación 440,501,232
021326 Suplemento de sueldos 629,942,196
021327 Prima por antigüedad 2,795,353,560
050000 Honorarios 34,702,848
061301 Horas extra 3,233,606,580
061302 Cambio residencia 1,694,403,708
061303 Prima a la eficiencia 1,071,245,244
062305 Trabajo noct. y rotativo 4,665,669,852
062307 Dedicación especial 3,272,140,044
063311 Gastos de Representación 20,897,232
063309 Otras Compensaciones 469,122,144
077000 Quebranto de caja 172,896,660
081301 Adelanto a cuenta 45,539,124
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1 CARGAS LEGALES S/SERV.PERSONALES 21,271,916,781
111 Aporte Patr. al sist. de reg. Social 19,542,010,615
121 Aporte Patr. por fallecimiento. 134,640,000
123 Aporte Patr. Fondo Nac. Viv. 797,633,083
131 Impuesto s/Retribuc. Person. 797,633,083
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2 MATERIALES Y SUMINISTROS 144,832,935,000
-Combustibles 23,950,634,000
-Compra energía Salto Grande 98,000,000,000
-Otros 22,882,301,000
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3 SERVICIOS NO PERSONALES 36,609,181,000
4 MAQUINAS Y EQUIPOS Y MOB.NUEVOS 2,240,000,000
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS 40,451,466,880
729 A Productores privados 636,000
739 Dentro del sector público 27,580,141,000
748 Parque de Vacaciones 3,891,878,880
749 A instituc. sin fines de lucro 3,420,000
751 Prima por matrimonio 20,303,628
752 Hogar Constituido 2,443,800,132
753 Prima por nacimiento 66,283,980
754 Prestaciones por hijo 983,504,088
758 Prestaciones por salud 4,009,471,908
759 Otros 1,527,972
762 Pensiones 261,621,900
772 Prest. por accidentes de trabajo 53,953,320
773 Becas 6,619,476
779 Otros 88,432,596
781 Transf. Organismos Internac. 1,039,872,000
792 Trib. municipales y nacionales 0
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9 ASIGNACIONES GLOBALES 2,528,229,000
III- PROGRAMAS DE PAGOS 231,308,000,000
RUBRO DENOMINACION N$ N$
8 Servicio de Deuda y anticipos 231.308.000.000
-Amortización 72,224,250,000
-Intereses 158,054,750,000
891 Otros 1,029,000,000
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IV- PLAN DE INVERSIONES 146.999.836.000
RUBRO DENOMINACION N$
0 Retrib. de Servicios Personales 11,941,693,000
1 Cargas Legales s/Servicios Pers. 3,184,330,000
2 Materiales y Suministros 12,341,789,000
3 Servicios no Personales 18,997,330,000
4 Maq. Equipos y Mobiliarios Nuevos 43,739,066,000
5 Tierras, Edificios y Otros 157,579,000
6 Const. Mejoras y Reparac. Extraord. 50,204,578,000
7 Subsidios y Otras Transferencias 6,433,471,000
8 Servicio de Deuda y Anticipos 0
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se
detallan en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este
decreto.
Los Rubros 0 << Retribuciones de Servicios Personales >>, 1
<< Cargas Legales sobre Servicios Personales >> y 7 << Subsidios y Otras
Transferencias >> en lo relativo a beneficios sociales, incluyen el
aumento salarial vigente a partir del 1º de enero de 1991.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda
extranjera están estimadas a la cotización N$ 1.750- (nuevos pesos un
mil setecientos cincuenta) por dólar americano. Las partidas en moneda
nacional correspondientes a los restantes rubros presupuestales están
expresadas a precios promedio de período enero-abril de 1991. (*)
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 470/992 de
06/10/1992.
Ver en esta norma, artículo:9.
LACALLE HERRERA - EDUARDO ACHE - IGNACIO DE POSADAS MONTERO