Las trasposiciones entre rubros de un mismo programa así como las
trasposiciones entre rubros de distintos programas serán aprobadas por el
Directorio de la Administración y comunicadas a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.
Las trasposiciones interprogramáticas regirán hasta el 31 de
diciembre y tendrán las siguientes limitaciones:
a) Sólo podrán servir como reforzantes, partidas que tengan
asignación de carácter anual y no sean estimativas.
b) Los rubros 0 << Retribuciones de Servicios Personales >>, 1
<< Cargas Legales sobre Servicios Personales >>, y el subrubro 7.5
<< Transferencias a Unidades Familiares >> del rubro 7 << Subsidios y
otras Transferencias >> no podrán reforzarse con otros rubros, ni
servir como rubros reforzantes.
c) Los renglones del rubro << 0 >> podrán reforzarse entre sí
ajustándose a la condiciones siguientes:
1- Que sólo se traspongan hasta el monto del crédito disponible y
no comprometido.
2- Los renglones de los subrubros, 01, 02 y 03 no podrán
reforzarse entre sí ni ser reforzados por renglones de otros
subrubros, ni servir como reforzantes.
d) Los rubros 7 << Subsidios y Otras Transferencias >> y 8
<< Servicios de Deudas y Anticipos >> no podrán servir como reforzantes.
e) El rubro 9 << Asignaciones Globales >> no podrá ser reforzado.
Las trasposiciones entre distintos programas tendrán vigencia
hasta el 31 de diciembre del ejercicio en el cual se autorizan y
tendrán las siguientes limitaciones:
a- Sólo podrán servir como reforzantes partidas que tengan
asignación de carácter anual y no sean estimativas.
b- Las trasposiciones dentro del rubro 0 << Retribución de Servicios Personales >> sólo podrán efectuar entre renglones de igual denominación condicionadas a:
1- Que sólo se trasponga hasta el monto del crédito disponible y
no comprometido.
2- No podrán trasponerse renglones de los subrubros 01, 02 y 03.
c- No se podrán hacer transferencias de rubros entre programas de
distinta naturaleza.