El Ministerio de Agricultura y Pesca, previo informe de la Dirección
Forestal, Parques y Fauna, podrá revocar la resolución que obliga a la
forestación cuando el propietario presenta soluciones sustitutivas totales
o parciales, que permitan cumplir la misma finalidad. Para este trámite el interesado contará con el plazo máximo de un año.