Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la propuesta presentada por el Inciso 09 "Ministerio de
Turismo", referente a los cargos y contratos de función pública
comprendidos en lo dispuesto por el artículo 9º de la Ley Nº 16.462 de 11
de enero de 1994,
Considerando: I) Que es necesario definir aquéllos cuyas tareas
típicas responden a las de mayor jerarquía correspondiendo, de acuerdo con
el organigrama vigente, a unidades administrativas del primer nivel
inmediato precedentemente.
Atento: al informe técnico de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría
General de la Nación, y a lo antes expuesto.
El Presidente de la República
DECRETA:
Establécese que, de acuerdo con la estructura organizacional vigente
en la unidad ejecutora del Inciso 09 "Ministerio de Turismo", los cargos y
contratos de función pública que tienen asignadas tareas de mayor
jerarquía, conforme a lo establecido por el artículo 9 de la Ley Nº 16.462
de 11 de enero de 1994, complementando el Decreto Nº 18/995 del Poder
Ejecutivo de 17 de enero de 1995, son los que integran la nómina que se
indica a continuación:
UNIDAD EJECUTORA 001
"Secretaría"
Dirección de División Planeamiento de Turismo
Dirección de Unidad Coordinadora
Dirección de División Capacitación
La Contaduría Central del Inciso presentará ante la Contaduría
General de la Nación la solicitud de apertura del crédito correspondiente
al renglón derivado 064.406.
Comuníquese a la Contaduría Central del Ministerio de Turismo y a los
correspondientes servicios técnicos de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría
General de la Nación.