Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la propuesta presentada por el Inciso 09 "Ministerio de
Turismo", referente a los cargos y contratos de función pública
comprendidos en lo dispuesto por el artículo 9º de la Ley Nº 16.462 de 11
de enero de 1994,
Considerando: I) Que es necesario definir aquéllos cuyas tareas
típicas responden a las de mayor jerarquía correspondiendo, de acuerdo con
el organigrama vigente, a unidades administrativas del primer nivel
inmediato precedentemente.
Atento: al informe técnico de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría
General de la Nación, y a lo antes expuesto.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Establécese que, de acuerdo con la estructura organizacional vigente
en la unidad ejecutora del Inciso 09 "Ministerio de Turismo", los cargos y
contratos de función pública que tienen asignadas tareas de mayor
jerarquía, conforme a lo establecido por el artículo 9 de la Ley Nº 16.462
de 11 de enero de 1994, complementando el Decreto Nº 18/995 del Poder
Ejecutivo de 17 de enero de 1995, son los que integran la nómina que se
indica a continuación:
UNIDAD EJECUTORA 001
"Secretaría"
Dirección de División Planeamiento de Turismo
Dirección de Unidad Coordinadora
Dirección de División Capacitación