Decreto N° 474/978
EMISION DE LETRAS DE TESORERIA
Promulgación: 16/08/1978
Publicación: 23/08/1978
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 2
- Año: 1978
- Página: 371
Artículo 3
El Banco Central del Uruguay decidirá en cada caso el plazo, la
modalidad y condiciones de las colocaciones.
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